PROTOCOLO EN CASO DE VIOLENCIA ESCOLAR

Contexto: Ley de violencia escolar (Nº 20.536):
La ley define el acoso escolar como toda agresión u hostigamiento reiterado, realizado dentro o fuera del establecimiento, por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición.
Será obligación para los estudiantes, padres, apoderados, profesionales, asistentes de la educación, equipos docentes y directivos, el propiciar un clima escolar que promueva la sana convivencia.
Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes.
El personal directivo y docente, como también los asistentes de la educación, recibirán capacitación para promover la buena convivencia escolar y el manejo de situaciones de conflicto.
Es importante conocer las diferencias entre situaciones de conflicto, agresividad, violencia y bullying.
•Conflicto: Hecho social, posición de divergencia, oposición de dos o más personas.
•Agresión: Respuesta defensiva frente a algún estímulo que es considerado como una amenaza. Puede dar lugar a la violencia, donde el uso del poder y fuerza es ilegítimo. El daño es una consecuencia.
•Bullying: Se deben presentar 4 condiciones para sospechar de la presencia de Bullying:
1.- Intención de hacer daño al otro.
2.- Se lleva a cabo en forma sistemática y repetida.
3.- Existe desequilibrio de poder.
4.- Círculo de victimización.
Todos los integrantes de la comunidad educativa tienen la obligación de informar a Inspectoría General sobre situaciones de Bullying que ocurran en salas de clases u otras dependencias o lugares del establecimiento. Asimismo, se debe informar de situaciones ocurridas fuera del establecimiento que comprometan la integridad de los estudiantes (Ciber-bullying).
Es importante recordar que cualquier miembro de la comunidad que tenga información de Bullying y no la comunica es responsable ante la ley.